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Real Decreto Vigente

Artículo 83. Consideración de los cargos.

Artículo 83 del Real Decreto 1018/1980, de 19 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Médica Colegial y del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos. · BOE-A-1980-10861

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-05-29.

Texto consolidado

Dada la naturaleza de Corporaciones de Derecho Público de los Colegios Profesionales, reconocidos por la Ley y amparados por el Estado, el cumplimiento de las obligaciones correspondientes a los cargos electivos tendrá a efectos corporativos y profesionales la consideración y carácter de cumplimiento de deber colegial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1980-05-29.

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