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Ley Vigente

Artículo 83. Límite de circulación de moneda metálica.

Artículo 83 de la Ley 33/1987, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1988. · BOE-A-1987-28404

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-01-01.

Texto consolidado

EI importe máximo de la moneda metálica en circulación durante el ejercicio de 1988 se fija en 250.000 millones de pesetas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1988-01-01.

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