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Ley Derogada

Artículo 83.

Artículo 83 de la Ley 3/1992, de 1 de julio, del Derecho Civil Foral del País Vasco. · BOE-A-2012-2257

Atención: Ley 3/1992 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La designación sucesoria otorgada a favor de un contrayente determinará que, por premoriencia del instituido, se transmita su derecho a los hijos y descendientes.

Revertirán al instituyente el patrimonio o bienes objeto de pacto con transmisión de presente, en el supuesto de premoriencia del instituido sin que dejare descendencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1992-11-07.

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