Artículo 83. Extinción de la responsabilidad disciplinaria.
Artículo 83 del Acuerdo de 20 de noviembre de 2025, adoptado por las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado en reunión conjunta, por el que se aprueba el Estatuto del Personal de las Cortes Generales. · BOE-A-2025-24253
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-11-22.
Texto consolidado
1. La responsabilidad disciplinaria se extingue por alguna de las siguientes causas:
a) Fallecimiento.
b) Cumplimiento de la sanción.
c) Prescripción de la falta o sanción.
d) Pérdida de la condición de personal funcionario, si bien esto no supondrá la extinción de la posible responsabilidad civil, penal o patrimonial por actos cometidos con anterioridad a la pérdida de dicha condición.
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