Artículo 82. Participación en las decisiones municipales.
Artículo 82 de la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la Administración Local de La Rioja. · BOE-A-2003-5909
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-06-11.
Texto consolidado
Un miembro de la Junta Vecinal tendrá derecho a asistir, con voz pero sin voto, a las sesiones de las comisiones informativas del Ayuntamiento cuando en su orden del día se incluyan asuntos que afecten específicamente a la entidad local menor.