Artículo 82. Concepto y caracteres.
Artículo 82 del Decreto Legislativo 2/2014, de 29 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Cooperativas de Aragón. · BOA-d-2014-90375
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-09-10.
Texto consolidado
1. Su objeto es la adquisición y, en su caso, producción de bienes y servicios para el consumo y uso como destinatarios finales de los socios y de quienes con ellos convivan habitualmente. También procurarán la información y defensa de los intereses legítimos de consumidores y usuarios.
2. Podrán suministrar, dentro de su ámbito territorial, bienes y servicios a personas y entidades no socios cuando así lo prevean sus estatutos.
3. Es modalidad específica de esta clase de cooperativas la de enseñanza de consumidores y usuarios, que agrupa a los padres de los alumnos, tutores o a los propios alumnos, al objeto de desarrollar y procurar a los mismos actividades docentes en sus distintos niveles.