Artículo 81. Formulación de presupuestos.
Artículo 81 del Real Decreto 352/2025, de 30 de abril, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de la Arquitectura Técnica y de su Consejo General. · BOE-A-2025-9151
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-05-11.
Texto consolidado
Los Colegios formularán anualmente sus presupuestos ordinarios de gastos e ingresos, y los extraordinarios, si los hubiere, que serán aprobados por la Asamblea General. Terminado cada ejercicio, igualmente la Asamblea General de colegiados y colegiadas deberá aprobar la liquidación del presupuesto correspondiente al ejercicio anterior.