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Real Decreto Derogada 2 redacciones

Artículo 81. Aprobación y notificación de solicitudes.

Artículo 81 del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español. · BOE-A-2018-15056

Atención: Real Decreto 1363/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Las comunidades autónomas resolverán las solicitudes y las notificarán a los interesados antes del 30 de junio.

Contra la resolución de la comunidad autónoma podrá interponerse el correspondiente recurso en vía administrativa o contencioso-administrativa, en función de que no agote o agote la vía administrativa.

2. Las comunidades autónomas establecerán un plazo de presentación de renuncias de las solicitudes aprobadas, siempre que no sea superior a 10 días después de la fecha de notificación de la resolución aprobatoria de la ayuda.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-04-22.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2021-6307.

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