El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 81. Muy graves.

Artículo 81 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres. · BOE-A-2003-21941

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-13.

Texto consolidado

Son infracciones muy graves:

1. Pescar estando inhabilitado para ello.

2. Pescar en la zona de reserva de un coto de pesca o en refugios de pesca.

3. Pescar fuera del periodo comprendido entre una hora antes de la salida del sol y una hora después de su puesta, salvo autorización.

4. Pescar sin tener aprobado el correspondiente plan técnico de pesca.

5. La suelta de especies no autóctonas susceptibles de pesca continental sin autorización.

6. La inexistencia de rejillas en las tomas o salidas de derivación de aguas.

7. Poner en funcionamiento viveros, criaderos o instalaciones de acuicultura sin autorización de la Consejería competente en materia de acuicultura.

8. Negarse a la inspección de los agentes de la autoridad para examinar cestos, interior de vehículos, así como cebos o aparejos, al ser requerido en forma por tales agentes.

Se modifica el apartado 7 por el art. 3.3 del Decreto-ley 2/2026, de 11 de marzo. Ref. BOJA-b-2026-90049

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-03-13.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2026-90049.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley 8/2003

En El Vínculo puedes leer Ley 8/2003 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.