Artículo 81. Prioridad del plan.
Artículo 81 de la Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia. · BOE-A-2012-5596
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-04-14.
Texto consolidado
El plan deberá establecer como finalidad preferente posibilitar la práctica generalizada de las actividades deportiva y física, sin distinción de sexo, edad, condición física o social.