Artículo 81. Relaciones con otras instituciones análogas.
Artículo 81 de la Ley 24/2009, de 23 de diciembre, del Síndic de Greuges. · BOE-A-2010-735
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-31.
Texto consolidado
El Síndic de Greuges debe impulsar relaciones de colaboración con instituciones o figuras análogas, tanto de ámbito público como de ámbito privado.