Artículo 81. Modificación de la licencia.
Artículo 81 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón. · BOE-A-2015-186
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-11.
Texto consolidado
La licencia ambiental de actividades clasificadas podrá ser modificada de oficio o a instancia de parte, sin que genere derecho a indemnización alguna cuando se persiga como fin la adaptación a las modificaciones de la normativa aplicable y al progreso técnico y científico.