Artículo 81. Control interno.
Artículo 81 del Decreto Legislativo 1/2005, de 24 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. · BOE-A-2005-16585
Atención: Decreto Legislativo 1/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El control interno que ha de ejercer la Intervención General se realizará de acuerdo con los principios de autonomía funcional, jerarquía interna y procedimiento contradictorio.