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Real Decreto Derogada

Artículo 80. Proyecto de participación pública.

Artículo 80 del Real Decreto 285/2013, de 19 de abril, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil. · BOE-A-2013-4209

Atención: Real Decreto 285/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La organización general de la participación pública en el proceso de planificación hidrológica, viene definida en el proyecto de participación pública de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil.

2. A estos efectos, el citado proyecto de participación pública incluye el siguiente contenido:

a) Organización y cronogramas de los procedimientos de información, consulta pública y participación activa del plan hidrológico según lo indicado en el Reglamento de la Planificación Hidrológica.

b) Coordinación del proceso de evaluación ambiental estratégica del plan hidrológico y su relación con los procedimientos anteriores.

c) Descripción de los métodos y técnicas de participación empleados en las distintas fases del proceso.

3. El proyecto de participación pública de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil se encuentra disponible para su consulta en la página web de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil: www.chminosil.es.

4. El proyecto de participación pública será revisado cada seis años.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-04-21.

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