Artículo 80. Educación ambiental.
Artículo 80 de la Ley 4/2006, de 19 de mayo, de Conservación de la Naturaleza de Cantabria. · BOE-A-2006-14083
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-06-02.
Texto consolidado
1. Las Consejerías con competencias en conservación del medio natural, medio ambiente, educación y desarrollo rural elaborarán de forma coordinada una estrategia regional de educación ambiental para la conservación del medio natural, garantizando la participación de los colectivos interesados.
2. Igualmente, se desarrollarán programas específicos relacionados con la divulgación de los valores naturales regionales y, en particular, los Espacios Naturales Protegidos, la flora y fauna silvestres y sus hábitats.