Artículo 80. Medidas de intervención.
Artículo 80 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados. · BOE-A-1995-24262
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-11-06.
Texto consolidado
(Derogado)
Se añaden los apartados 4 y 5 por el art. 1.17 de la Ley 34/2003, de 4 de noviembre. Ref. BOE-A-2003-20330
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados..