Artículo 80. Convocatorias de provisión.
Artículo 80 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. · BOE-A-2007-8713
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-07-24.
Texto consolidado
1. Las convocatorias, tanto de concurso abierto y permanente de méritos o específico como de libre designación, incluirán como mínimo:
a) La denominación, el nivel y la isla de destino del puesto de trabajo.
b) Los requisitos exigidos para su ocupación, incluido el nivel de conocimientos de la lengua catalana, en su caso.
c) El baremo de puntuación de los méritos en el caso del concurso y el baremo de puntuación de las capacidades, los conocimientos o las aptitudes cuando el concurso sea específico.
d) La puntuación mínima para la adjudicación de las vacantes convocadas en el caso del concurso.
2. Las convocatorias se publicarán en el Boletín Oficial de las Illes Balears y el plazo de presentación de solicitudes será, como mínimo, de siete días.#df-17#a3-11, y por el art. 7.3 del Decreto-ley 5/2024, de 13 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-721, publicados, respectivamente en los BOIB núms. 162 y 163, el día 13 de diciembre de 2024.
Téngase en cuenta que se declara inconstitucional y nulo el art. 7.3 del Decreto-ley 5/2024, de 13 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-721, que dió redacción a la letra b) del apartado 1 de este artículo, por Sentencia del TC 28/2026, de 25 de marzo. Ref. BOE-A-2026-9593
Se modifican los apartados 1 y 2 por la disposición final 1.13 del Decreto-ley 6/2022, de 13 de junio. Ref. BOE-A-2022-13798#df
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 6 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 4/2025, de 18 de julio, de actuaciones urgentes destinadas a la obtención de suelo mediante proyectos residenciales estratégicos en las Illes Balears..