Artículo 80. Modalidades del acogimiento.
Artículo 80 de la Ley 1/2006, de 28 de febrero, de protección de menores de La Rioja. · BOE-A-2006-5208
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.
Texto consolidado
El acogimiento familiar podrá adoptar las modalidades establecidas en el artículo 173 bis del Código Civil.#a48
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 6/2015, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2016..