Artículo 80. Contenido de las inscripciones.
Artículo 80 de la Ley 1/1995, de 27 de enero, de protección del menor. · BOE-A-1995-9683
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-03-01.
Texto consolidado
1. Al practicarse la inscripción de una institución colaboradora de integración familiar se hará constar expresamente su denominación, domicilio social, órganos directivos y su composición, estatutos o documento constitutivo, fecha y contenido de la habilitación, así como la ubicación de los diferentes centros que pudiera tener en el Principado de Asturias.
2. Serán objeto del asiento correspondiente las eventuales modificaciones que pudieran producirse en los anteriores datos.