Artículo 8. Vigencia del Sello de Inclusión Social.
Artículo 8 del Real Decreto 636/2022, de 26 de julio, por el que se regula el Sello de Inclusión Social. · BOE-A-2022-12509
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-16.
Texto consolidado
El Sello tiene una vigencia de tres años desde la resolución de concesión y no será objeto de prórroga o renovación.