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Real Decreto Vigente

Artículo 8. Otras vías de acceso.

Artículo 8 del Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión. · BOE-A-2024-11858

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-06-13.

Texto consolidado

Podrán acceder a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado en las universidades españolas de acuerdo con lo establecido en el capítulo V:

a) Las personas mayores de 25 años que superen la prueba de acceso establecida en el artículo 28.

b) Las personas mayores de 40 años con experiencia laboral o profesional en relación con una enseñanza.

c) Las personas mayores de 45 años que superen la prueba de acceso establecida en el artículo 33.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-06-13.

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