Artículo 8. Miembros de Número.
Artículo 8 del Real Decreto 378/2015, de 14 de mayo, por el que se crea la Academia de Psicología de España y se aprueban sus Estatutos. · BOE-A-2015-6104
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-03.
Texto consolidado
1. La Academia estará constituida por cincuenta Académicos y Académicas de Número.
2. Para ser elegido Académico o Académica de Número son condiciones de obligado cumplimiento:
a) Ser español.
b) Estar en posesión del título de Doctor.
c) Haberse distinguido en la investigación, docencia, estudio o práctica de la Psicología.