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Real Decreto Vigente

Artículo 8. Naturaleza y finalidad.

Artículo 8 del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial. · BOE-A-1996-2468

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-02-07.

Texto consolidado

Los Organismos de normalización son entidades privadas sin ánimo de lucro, cuya finalidad es desarrollar en el ámbito estatal las actividades relacionadas con la elaboración de normas, mediante las cuales se unifiquen criterios respecto a determinadas materias y se posibilite la utilización de un lenguaje común en campos de actividad concretos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-02-07.

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