El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 8. Identificación del agente causante del daño.

Artículo 8 del Real Decreto 2090/2008, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental. · BOE-A-2008-20680

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-04-23.

Texto consolidado

El operador identificará el agente causante del daño y lo clasificará en alguno de los siguientes tipos:

a) Químico, asociado a la liberación de una sustancia en una concentración superior al umbral de toxicidad de dicha sustancia en determinado medio receptor.

b) Físico, referido al exceso o defecto de una sustancia que no tiene asociado un nivel de toxicidad, tales como el agua, los residuos inertes, la tierra, la temperatura o los campos electromagnéticos.

c) Biológico, entre otros, los organismos modificados genéticamente, las especies exóticas invasoras y los microorganismos patógenos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-04-23.

Más artículos de Real Decreto 2090/2008

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 2090/2008 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.