El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Artículo 8. Captura de especies reguladas.

Artículo 8 de la Orden de 21 de diciembre de 1999 que ordena la actividad pesquera de la flota española que faena en la zona de regulación de la organización de pesca del Atlántico noroccidental. · BOE-A-2000-192

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-01-06.

Texto consolidado

Los buques que ejerzan su actividad en el área de regulación de NAFO sólo podrán dirigir sus capturas hacia aquellas especies reguladas para las que dispongan posibilidades de pesca.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-01-06.

Más artículos de BOE-A-2000-192

En El Vínculo puedes leer BOE-A-2000-192 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.