Artículo 8.
Artículo 8 de la Orden de 19 de enero de 1979 por la que se regula el cambio de régimen normativo de viviendas de protección oficial al amparo de lo dispuesto en las normas transitorias del Real Decreto 3148/1978, de 10 de noviembre. · BOE-A-1979-3279
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-02-03.
Texto consolidado
Los precios de venta y renta de las viviendas acogidas al nuevo régimen normativo con arreglo a lo establecido en los artículos anteriores serán determinados de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 y 12 del Real Decreto 3148/ 1978, de 10 de noviembre, a cuyos efectos se tendrá como fecha, de calificación definitiva la de su efectiva concesión, si no la tuviere otorgada en el momento de la solicitud del cambio de régimen, o la de su convalidación, en el caso contrario.