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Orden Derogada

Artículo 8. Abono de los premios.

Artículo 8 de la Orden ARM/986/2011, de 8 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Jacumar de investigación en acuicultura, y de implantación de sistemas de gestión medioambiental por las empresas de acuicultura. · BOE-A-2011-7132

Atención: Orden ARM/986/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Los premios se abonarán a través del Tesoro Público, por transferencia bancaria, a nombre de las personas físicas o jurídicas beneficiarias.

2. A efectos de la percepción del importe económico de los premios, los premiados deberán tener dada de alta la cuenta corriente en la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, en la que se ingresarán las cantidades correspondientes al premio.

3. La percepción del importe de los premios queda sujeta a la acreditación por los adjudicatarios del cumplimiento de los requisitos y obligaciones de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-04-21.

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