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Orden Derogada

Artículo 7. Criterios de valoración.

Artículo 7 de la Orden ARM/986/2011, de 8 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Jacumar de investigación en acuicultura, y de implantación de sistemas de gestión medioambiental por las empresas de acuicultura. · BOE-A-2011-7132

Atención: Orden ARM/986/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Los trabajos que opten al premio de Investigación en acuicultura, se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios que se puntuarán del 1 al 10. La puntuación final será el resultado de la media ponderada, atendiendo al peso indicado para cada criterio.

Ponderación

-

%

Aplicación práctica a las empresas de acuicultura

35

Carácter innovador

25

Participación de empresas del sector

20

Participación de varias instituciones científicas o administrativas

10

Patentes

10

2. Los trabajos que opten al Premio en Implantación de Sistemas de Gestión Medioambiental, se valorarán de acuerdo a los siguientes criterios, que se puntuarán del 1 al 10. La puntuación final será el resultado de la media ponderada, atendiendo al peso indicado para cada criterio.

Ponderación

-

%

Beneficios Medioambientales

40

Carácter innovador

25

Originalidad y proyección en la ejecución del sistema implantado

20

Esfuerzo inversor realizado

15

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-04-21.

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