El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 8

Artículo 8 de la Ley 6/1983, de 22 de julio, sobre designación de Senadores de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-1983-23964

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1983-07-22.

Texto consolidado

El Senador o Senadores designados conforme a la presente Ley en representación de la Comunidad Autónoma, podrán asistir a los Plenos de la Asamblea Regional.

No tendrán voto, si no fueren Diputados Regionales, pero tendrán voz en los términos que establezca el Reglamento de la Asamblea.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1983-07-22.

Más artículos de Ley 6/1983

En El Vínculo puedes leer Ley 6/1983 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.