El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Artículo 8.

Artículo 8 de la Ley 5/1995, de 22 de marzo, de Protección de los Animales. · BOE-A-1995-9729

Atención: Ley 5/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Se consideran animales de compañía, a los efectos de esta Ley, los que se crían y se reproducen con la finalidad de vivir con las personas con fines educativos, lúdicos o sociales, sin intención de lucro por parte de aquéllas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-04-02.

Más artículos de Ley 5/1995

En El Vínculo puedes leer Ley 5/1995 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.