Artículo 8. Derecho a la participación.
Artículo 8 de la Ley 4/2024, de 28 de junio, del Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón. · BOE-A-2024-15350
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-07-12.
Texto consolidado
1. La ciudadanía tiene derecho a participar, directamente o a través de entidades representativas de sus intereses, en la elaboración de las normas y planes de protección civil, y a colaborar en las acciones preventivas, en los términos que legal o reglamentariamente se establezcan.
2. La participación de la ciudadanía en las tareas de protección civil se canalizará a través de las entidades de voluntariado, o de los grupos de acción, de conformidad con lo dispuesto en esta ley, en los planes de protección civil y en las normas reglamentarias de desarrollo.