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Ley Vigente

Artículo 8. Instrumentos de planificación y gestión del Parque.

Artículo 8 de la Ley 4/2003, de 24 de marzo, de declaración del Parque Natural de Ponga. · BOE-A-2003-9511

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-04.

Texto consolidado

1. Son instrumentos de planificación y gestión para la consecución de los fines que motivan la declaración del Parque Natural de Ponga los siguientes:

a) Plan rector de uso y gestión.

b) Plan de desarrollo sostenible.

c) Programa anual de gestión.

2. A fin de contribuir al mantenimiento del Parque Natural, así como a las compensaciones socioeconómicas a las poblaciones afectadas a que, en su caso, hubiera lugar, se habilitarán los créditos oportunos en los programas correspondientes de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, sin perjuicio de las colaboraciones de otros órganos o entidades públicas o privadas que puedan tener interés en coadyuvar a la mejor gestión del Parque.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-04-04.

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