El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 8. Plazas alojativas turísticas.

Artículo 8 de la Ley 3/1999, de 4 de febrero, del Fondo Canario de Financiación Municipal. · BOE-A-1999-4416

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-08-17.

Texto consolidado

El censo de camas alojativas turísticas tendrá carácter bianual. Inicialmente se tomarán en cuenta las existentes en cada municipio a 1 de enero del año 1999, obtenidas a partir de las autorizaciones de apertura otorgadas por los cabildos insulares y acreditadas mediante certificación expedida por el Registro General de Empresas, Establecimientos y Actividades Turísticas de la Consejería competente en materia de turismo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-08-17.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2000-15425.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley 3/1999

En El Vínculo puedes leer Ley 3/1999 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.