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Ley Vigente

Artículo 8. El Presidente del Consejo de Administración. Designación y funciones.

Artículo 8 de la Ley 26/1997, de 26 de diciembre, de Creación del Instituto Madrileño de Investigación Agraria y Alimentaria (IMIA) de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1998-19360

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-12-30.

Texto consolidado

1. Será el Presidente del Consejo de Administración, en razón de su cargo, el titular de la Consejería a la que se refiere el apartado 2, del artículo 1.

2. Corresponden al Presidente las siguientes funciones:

a) Convocar, presidir y fijar el orden del día provisional de la reunión del Consejo de Administración y decidir los empates con voto de calidad.

b) Representar al Instituto, en aplicación del artículo 12 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, que establece que corresponderá la representación del organismo autónomo al Presidente del Consejo de Administración.

c) Suscribir en nombre del Instituto los convenios, conciertos y acuerdos aprobados.

d) Las demás funciones que le atribuya esta Ley y las demás normas legales o reglamentarias de la Comunidad de Madrid.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-12-30.

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