El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 8. Derecho de acceso en el entorno laboral.

Artículo 8 de la Ley 2/2020, de 23 de diciembre, reguladora del derecho de acceso al entorno de las personas usuarias de perros de asistencia. · BOE-A-2021-430

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-30.

Texto consolidado

1. En su puesto de trabajo, la persona usuaria de perro de asistencia tiene derecho a mantener al perro a su lado en todo momento.

2. El empleador deberá adoptar, si lo solicita la persona usuaria, aquellas medidas que faciliten la adaptación de su entorno laboral a la presencia del perro de asistencia y que tengan el carácter de ajustes razonables según lo previsto en el artículo 66 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.

3. La persona usuaria tiene derecho a acceder con el animal a todos los espacios de la empresa, organización o administración en que lleva a cabo su trabajo, en las mismas condiciones que el resto del personal y con las únicas restricciones que establece esta ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-06-30.

Más artículos de Ley 2/2020

En El Vínculo puedes leer Ley 2/2020 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.