Artículo 8. El municipio.
Artículo 8 de la Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi. · BOE-A-2016-4171
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-04-15.
Texto consolidado
1. El municipio es, en su condición de nivel de gobierno con legitimidad democrática directa, la entidad local básica de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
2. Asimismo, el municipio es el cauce de participación de la ciudadanía en los asuntos públicos locales.