Artículo 8. Carácter transversal de las políticas públicas de integración y no discriminación.
Artículo 8 de la Ley 18/2018, de 20 de diciembre, de igualdad y protección integral contra la discriminación por razón de orientación sexual, expresión e identidad de género en la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2019-2712
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-12.
Texto consolidado
La Comunidad Autónoma de Aragón implementará una política proactiva de carácter transversal dirigida a la plena integración de las personas LGTBI, sobre la base de los principios de no discriminación por causa de orientación sexual, expresión o identidad de género o por pertenencia a un grupo familiar LGTBI, destinando para ello los instrumentos y estructuras necesarios que garanticen su viabilidad. Dicha política prestará especial atención a aquellos casos en los que pueda concurrir discriminación múltiple.
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