Artículo 8. Devengo.
Artículo 8 de la Ley 13/1990, de 29 de noviembre, sobre tributación de los juegos de suerte, envite o azar de las Baleares. · BOE-A-1991-352
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-01-01.
Texto consolidado
El impuesto devengará al tiempo de hace efectivos los premios correspondientes a los cartones que combinaciones ganadoras.