Artículo 8. Órgano de coordinación.
Artículo 8 de la Ley 10/2008, de 9 de diciembre, de carreteras de Castilla y León. · BOE-A-2009-809
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-09-20.
Texto consolidado
Corresponden al Consejo de Cooperación Local las funciones de coordinación de los planes de las carreteras a los que se refiere la presente ley, así como la emisión de los informes sobre los asuntos que se le sometan y aquellos que sean preceptivos de acuerdo con esta ley.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2014-9959.