Artículo 8. Personas beneficiarias.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-04-12.
Texto consolidado
1. En el decreto referido se establecerán los requisitos y condiciones que deberán cumplir las personas beneficiarias.
2. No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas trabajadoras en las que concurra alguna de las prohibiciones previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003.
Más artículos de Decreto-ley 3/2020
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