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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 8. Obligaciones de información.

Artículo 8 del Decreto Legislativo 1/2015, de 10 de abril, del Consell, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de regulación de la actuación financiera de las cooperativas con sección de crédito en la Comunitat Valenciana. · DOGV-r-2015-90387

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-16.

Texto consolidado

1. Las cooperativas con sección de crédito harán constar de una forma clara la expresión «sección de crédito» en los documentos que expidan a favor de los socios depositantes y en cualquier referencia documental o pública que hagan a esta sección.

2. Asimismo, informarán a sus socios de las condiciones económicas que apliquen en las operaciones activas y pasivas, además de la información que deben facilitar obligatoriamente a la asamblea general.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-16.

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