Artículo 8. Regulación.
Artículo 8 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco. · BOPV-p-1998-90002
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-01-20.
Texto consolidado
1. La Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, a que se refiere el artículo 53 de la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno, se regirá en cuanto a su organización y funcionamiento, por las normas previstas en la misma.
2. En cuanto a las materias propias de la Hacienda General, la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, se regirá por disposiciones referentes a las mismas que le sean de expresa aplicación y, en lo que no las contradigan, por las demás normas aplicables en toda entidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi que se rija por el derecho público.