Artículo 8. Méritos específicos para las Presidencias de Sala del Tribunal Supremo.
Artículo 8 del Acuerdo de 25 de febrero de 2010, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2010, que regula la provisión de plazas de nombramiento discrecional en los órganos judiciales. · BOE-A-2010-3608
Atención: BOE-A-2010-3608 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Son méritos específicos a valorar en la provisión de estas plazas:
a) El tiempo de servicio activo en la categoría de Magistrado del Tribunal Supremo.
b) El tiempo de ejercicio en el orden jurisdiccional propio de la vacante.
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