Artículo 79. Infracciones en materia de publicidad.
Artículo 79 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. · BOE-A-2015-11722
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-31.
Texto consolidado
Las infracciones a lo previsto en el artículo 52 se sancionarán en la cuantía y a través del procedimiento establecido en la legislación sobre defensa de los consumidores y usuarios.