Artículo 79. Consumo.
Artículo 79 de la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura. · BOE-A-2022-5853
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-22.
Texto consolidado
La Junta de Extremadura potenciará la atención y formación de la población rural sobre sus derechos y deberes como personas consumidoras. Asimismo, se impulsará la participación ciudadana en pro de un consumo responsable, racional y saludable.