El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 78. Gestión y afectación.

Artículo 78 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario. · BOE-A-2015-10440

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-10-01.

Texto consolidado

1. La gestión, liquidación y recaudación de la tasa por el otorgamiento o modificación de la licencia de empresa ferroviaria corresponde a la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria.

2. El producto de la recaudación de la tasa se ingresará en el patrimonio de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-10-01.

Más artículos de Ley 38/2015

En El Vínculo puedes leer Ley 38/2015 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.