Artículo 78. Concurrencia de sanciones.
Artículo 78 del Decreto legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León. · BOCL-h-2015-90590
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-11-14.
Texto consolidado
Cuando por unos mismos hechos y fundamentos jurídicos, el infractor pudiese ser sancionado con arreglo a esta ley y a otra u otras leyes que fueran de aplicación, de las posibles sanciones se le impondrá la de mayor gravedad.