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Real Decreto Derogada

Artículo 77. Empresas de servicios de inversión sujetas.

Artículo 77 del Real Decreto 216/2008, de 15 de febrero, de recursos propios de las entidades financieras. · BOE-A-2008-2823

Atención: Real Decreto 216/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

A efectos de la aplicación de este título se entenderá por empresas de servicios de inversión las sociedades de valores, las agencias de valores y las sociedades gestoras de carteras. Las disposiciones contenidas en el presente real decreto no serán de aplicación a las empresas de asesoramiento financiero.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-02-17.

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