Artículo 77. Celebración.
Artículo 77 del Real Decreto 1482/2001, de 27 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios de Mediadores de Seguros Titulados y de su Consejo General. · BOE-A-2002-1370
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-25.
Texto consolidado
El Consejo General promoverá la celebración de Congresos Nacionales para el estudio de los temas y problemas de importancia general que afecten a la profesión y proyección exterior de los mismos.