Artículo 77. Importe de la ayuda.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.
Texto consolidado
1. El pago será de 1.241,555 euros por hectárea de algodón para las campañas 2023 a 2027, para una superficie básica nacional de 48.000 hectáreas.
2. El Ministerio de Agricultura, Pesca, y Alimentación, una vez recibidos de las comunidades autónomas los datos correspondientes, de acuerdo con lo establecido en artículo 124, calculará la eventual superación de la superficie básica y, en su caso, comunicará a las comunidades autónomas los importes ajustados del pago y de la ayuda adicional.
Los importes así calculados se publicarán anualmente en la página web del Fondo Español de Garantía Agraria O.A.
Más artículos de Real Decreto 1048/2022
- ← Artículo 76. Organizaciones interprofesionales autorizadas.
- → Artículo 78. Objeto, ámbito de aplicación y dotación..
- Ver la norma completa: Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.